Publicado en B.O. No. 48 Sección I, de fecha 12 de Diciembre de 1996
y actualizada según Apéndice de Marco Normativo
Artículo 100.- El Instituto de la Judicatura Sonorense es el órgano auxiliar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado en materia de investigación, información estadística y modernización, así como de formación, capacitación y actualización de los miembros del Poder Judicial del Estado y de quienes aspiren a pertenecer a la administración de justicia. Estará a cargo de un Coordinador General y tendrá las siguientes funciones:
I.- El diseño y operación del Sistema de Información para el Control y Evaluación de las Noticias Estadísticas del Poder Judicial del Estado de Sonora, a efecto de planear el desarrollo del mismo:
II.- La definición de la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos, así como los de servicios al público del Poder Judicial del Estado;
III.- La instrumentación de procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, permanencia, promoción, reconocimiento y separación del cargo de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado de Sonora, y a la operación en su caso, de los programas relativos;
IV.- Coordinar y supervisar el funcionamiento de las oficinas bajo su dependencia y
V.- Las demás que determinen las leyes, el reglamento y el Supremo Tribunal de Justicia.